Por Piedad Villena
Piedad Villena nos explica la diferencia entre alquiler con opción a compra, y compra-venta con precio aplazado. Dos opciones que pueden acabar con el mismo resultado de compra-venta pero por caminos distintos, con sus ventajas e inconvenientes. ¡Vamos a verlas!
Cuando el comprador no tiene el 30% del precio del inmueble que tienes que aportar para dar la entrada de una hipoteca, se recurre a una de estas dos opciones. Lo que se pretende con cualquiera de estas dos opciones es hacer una financiación de la compra de la propiedad en diferido.
ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA
Es una opción que está muy de moda, es muy popular, pero realmente es una opción que para compradores particulares no es tan beneficiosa como la compra-venta con precio aplazado. Esta última opción es muy desconocida entre el público y por eso no se tiene en cuenta a la hora de valorarla.
El alquiler son dos contratos, el contrato de alquiler y el contrato de opción a compra.
COMPRA-VENTA CON PRECIO APLAZADO
Para esta modalidad de compra-venta solo se realiza un contrato, es un contrato de compra-venta con el pago del inmueble a plazos.
REGULACIÓN JURÍDICA
La regulación jurídica para uno u otro caso es diferente, por lo tanto, nos puede convenir más una opción que otra.
Si hacemos un alquiler con opción a compra, estamos sometidos a la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), lo que nos compromete a ciertas limitaciones dadas por la ley. Mientras que si hacemos una Compra-venta con precio aplazado, hay libertad de pacto total entre las partes, y solo respondería ante el Código Civil.
¿Quieres saber qué pasa con Hacienda,o si se trata de un local comercial en vez de una vivienda?
Piedad lo explica todo de forma detallada y súper claro en este vídeo: